CELIS LUIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El beneficiario promovió demanda contra la ANSES por reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo los criterios para el recálculo de los montos de la prestación.
Reajustes en la prestación previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo los siguientes criterios:
- Respecto a la actualización de la PBU, deberá hacerse conforme a lo resuelto por la Corte Suprema en los precedentes "Quiroga", "Sandoval" y "Pichersky".
- Para el cálculo del haber inicial, las rentas de referencia de las categorías autónomas previas a julio de 1994 deberán considerarse por la totalidad de los años aportados, sin limitarse a los últimos 15 años.
- Entre julio 1994 y diciembre 2001 no corresponde actualización por falta de variaciones salariales significativas.
- Entre enero 2002 y diciembre 2006 deberá utilizarse el índice "Badaro" para actualizar las rentas.
- Desde enero 2007 deberán incorporarse los aumentos generales y las pautas de movilidad establecidas por las leyes 26.198, 26.417 y 27.426.
- Los aportes ingresados mediante planes de facilidades de pago no serán objeto de actualización.
- Costas: Por su orden en la alzada por falta de contradicción.
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