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SEXTO JOSEFINA ANGELICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La titular del beneficio previsional reclama el reajuste de su haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia y ordena la actualización de las remuneraciones conforme a la doctrina de la Corte Suprema.

Seguridad social Reajuste previsional Ley 26 417 Isbic Topes previsionales Art 26 ley 24 241 Arts 9 y 25 ley 24 241


¿Quién es el actor?

SEXTO JOSEFINA ANGELICA

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia apelada y ordena la actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial según la doctrina establecida por la CSJN en los precedentes "Elliff" y "Blanco". Rechaza la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 sobre el tope de remuneraciones imponibles.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La CSJN ha ratificado en reiterados precedentes la aplicación del ISBIC para la actualización de las remuneraciones.
- El art. 2 de la Ley 26.417 establece el régimen de actualización aplicable a partir de la entrada en vigencia de dicha ley.
- Procede declarar la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 sobre topes previsionales, si en ejecución se acredita una merma superior al 15% del haber.
- Se rechazan los planteos de inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 sobre el tope de remuneraciones imponibles, de acuerdo a la doctrina de la CSJN.

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