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ORTIZ MONICA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La beneficiaria reclamó reajustes en su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y rechazó el reconocimiento de diferencias durante la vigencia de la emergencia previsional.

Impuesto a las ganancias Movilidad Reajuste Grupo vulnerable Ley 27 541 Prestacion previsional Ley 27 609


¿Quién es el actor?

ORTIZ MONICA SUSANA

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de reajustes en prestación previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Rechazó el reconocimiento de diferencias durante la vigencia de la emergencia previsional establecida por la Ley 27.541, al considerar que la norma es constitucional. Sin embargo, ordenó el cálculo de los haberes conforme la nueva movilidad implementada por la Ley 27.609 a partir de su entrada en vigencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que la Ley 27.541 de emergencia previsional es constitucional, siguiendo la doctrina de la CSJN en "Russo, Angel" y otros precedentes.
- Señaló que no correspondía aplicar la movilidad prevista en la Ley 27.426 una vez entrada en vigor la Ley 27.609, que modificó el régimen de movilidad.
- Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, la Cámara aplicó el criterio de la CSJN en "García, María Isabel", que considera que la mera aplicación del criterio de capacidad contributiva a los jubilados y pensionados es insuficiente al no tener en cuenta su situación de vulnerabilidad.

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