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DELUCA FORTUÑO, KARINA ALEJANDRA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La actora impugnó el dictamen de la Comisión Médica Central sobre su incapacidad previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó el dictamen y ordenó remitir las actuaciones al organismo correspondiente.

Recurso de apelacion Cuerpo medico forense Anses Ley 24 241 Incapacidad previsional

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Karina Alejandra Deluca Fortuño promovió recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central que consideró que su incapacidad no alcanzaba los valores previstos en el art. 48 de la Ley 24.241. El Tribunal remitió las actuaciones al Cuerpo Médico Forense, que determinó que la actora presenta una incapacidad del 66,93% a los fines previsionales. Ante la impugnación del ANSES, el Tribunal volvió a remitir las actuaciones al organismo pericial, que ratificó su informe anterior. En virtud de ello, el Tribunal consideró que no existen elementos que desvirtúen las conclusiones del informe médico, por lo que dejó sin efecto el dictamen de la Comisión Médica Central y ordenó remitir las actuaciones al organismo correspondiente.

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