BORDAGARAY, ELENA BEATRIZ c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La actora apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que denegó el retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el dictamen por la injustificada omisión de la actora de comparecer a la evaluación médica ordenada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Bordagaray, Elena Beatriz demandó a la ANSES solicitando el otorgamiento del beneficio de retiro por invalidez previsto en el art. 49 de la Ley 24.241. La Comisión Médica Central denegó el pedido por considerar que su grado de incapacidad no alcanzaba los valores previstos en el art. 48 de la misma ley. La actora apeló dicho dictamen. Como medida para mejor proveer, el tribunal ordenó una evaluación médica por el Cuerpo Médico Forense, pero la Sra. Bordagaray no concurrió ni justificó su ausencia. Ante esta "injustificada conducta omisiva" de la parte actora, que impidió al tribunal contar con la opinión de los facultativos, se confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central, sin perjuicio de la posibilidad de reapertura del proceso si la actora aportara nuevos elementos de juicio conforme a la Ley 20.606.
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