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LOLICATA ADRIANA ANGELA c/ ANSES s/PENSIONES

La actora promovió demanda por pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda al considerar que el causante no reunía los requisitos de regularidad en los aportes.

Vida util Aportes Anses Pension Desempleo Autonomo Aportante irregular

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Lolicata Adriana Angela demandó a la ANSES por el otorgamiento de la pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge, el Sr. Maidana Rubén Domingo, quien falleció a los 57 años. La ANSES denegó el beneficio por considerar que el causante no reunía los requisitos del Decreto 460/99. La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda. La ANSES apeló la sentencia. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. La Cámara consideró que si bien el causante había acreditado más del 50% de servicios con aportes respecto de su vida útil, no se encontraba en una situación de desempleo como en el precedente "Pinto", sino que había prestado servicios autónomos sin realizar los aportes correspondientes. Por ello, concluyó que el causante no había cumplido con su obligación de contribuir al sistema previsional durante los períodos en que se encontraba trabajando en forma autónoma, lo que impide considerarlo un "aportante irregular con derecho". La Dra. Victoria Pérez Tognola emitió voto en disidencia, considerando que debe valorarse la totalidad de los aportes realizados por el causante durante su vida laboral, y que el hecho de no haber completado la cantidad de años exigidos por la normativa debido a su fallecimiento prematuro no puede constituir un impedimento para el otorgamiento de la pensión.

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