PALAS JOSE RAUL c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor recurrió la decisión de la Comisión Médica Central que no reconoció su incapacidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central.
Retiro por invalidez (art. 49 Ley 24.241)
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma el dictamen de la Comisión Médica Central que había estimado que la incapacidad del recurrente no alcanzaba los valores previstos en el art. 48 de la Ley 24.241.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Cuerpo Médico Forense elevó un dictamen que indica que el recurrente presenta hipoacusia, personalidad anormal grado II, hipertensión arterial estadio II, limitación funcional de mano de columna dorsolumbar y limitación funcional de columna cervical, comprometiendo una incapacidad laboral, parcial y permanente del 45,16%.
- El dictamen del Cuerpo Médico Forense cumple con los requisitos legales y tiene plena eficacia probatoria.
- En atención a lo dispuesto por el art. 48 de la Ley 24.241 y lo decidido por la CSJN en "Sosa Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por Invalidez", corresponde confirmar lo dictaminado por la Comisión Médica Central.
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