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OJEDA JORGE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor impugnó la aplicación retroactiva de la ley que modificó la fórmula de movilidad de los haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia y desestimó la inconstitucionalidad alegada.

Retroactividad Derechos adquiridos Ley de emergencia economica Movilidad previsional


¿Quién es el actor?

OJEDA JORGE ALBERTO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajustes de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la inconstitucionalidad de la ley 27.426 alegada por el actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 27.426 que modificó la fórmula de movilidad no afectó derechos adquiridos, ya que el derecho a la movilidad se concretaba en el momento del pago, que ocurría en marzo y septiembre de cada año, y la ley modificatoria entró en vigencia antes de ese devengamiento.
- Si bien la ley 27.426 aplicó retroactivamente la nueva fórmula a meses ya transcurridos, ello no viola derechos amparados constitucionalmente.
- Respecto a la ley 27.541 de emergencia económica, se consideró que cumplía con los requisitos de validez establecidos por la Corte Suprema.
- La Dra. Perez Tognola, en disidencia parcial, consideró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por afectar retroactivamente la movilidad de haberes.

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