P.A.C.C. S.A. c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/IMPUGNACION DE DEUDA
La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica la sentencia de primera instancia y hace lugar parcialmente a la prescripción reclamada por la empresa demandada.
¿Quién es el actor?
P.A.C.C. S.A.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de deuda por aportes y contribuciones previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara prescriptos los créditos devengados con anterioridad a los diez años previos al reclamo formulado por el organismo.
Los fundamentos principales son:
- Si bien el cumplimiento del depósito previo es indispensable para la viabilidad del recurso de apelación, existen situaciones de excepción como cuando el monto del depósito es desproporcionado respecto a la capacidad económica del apelante. En este caso, la deuda reclamada en gran parte se encuentra prescripta, por lo que corresponde habilitar la instancia.
- Respecto al fondo, el cómputo de la prescripción de las acciones por cobro de contribuciones y aportes previsionales se produce a los 10 años de su devengamiento. Por lo tanto, se declaran prescriptos los créditos devengados hasta 10 años antes del reclamo formulado por el organismo.
- No corresponde responsabilizar al organismo recaudador por no haber ejercido oportunamente sus facultades de fiscalización, ya que ello no implica una limitación a la aplicación del instituto de la prescripción.
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