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DIAZ, BEATRIZ LUCIA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

Beneficiaria de pensión por invalidez obtiene revocación de dictamen médico que no la consideraba incapacitada. La Cámara reconoce su incapacidad total y la existencia de la misma al momento del fallecimiento del causante.

Incapacidad Cuerpo medico forense Dictamen pericial medico Anses Pension por invalidez

Pensión por invalidez (art 49 p.4 ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca el dictamen de la Comisión Médica Central que no había reconocido la incapacidad de la actora. Luego del informe pericial del Cuerpo Médico Forense, la Cámara determina que la actora presenta una incapacidad del 70% que existía al momento del fallecimiento del causante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La jurisprudencia establece que para desestimar un dictamen pericial se requiere probar con argumentos científicos su inexactitud, lo cual no ocurrió en este caso.
- El informe del Cuerpo Médico Forense, como auxiliar de la justicia, tiene plena eficacia probatoria.
- Dada la edad y condición de la actora, la Cámara considera que corresponde revocar el dictamen de la Comisión Médica Central y reconocer su incapacidad total a los fines previsionales, existente al momento del fallecimiento del causante.

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