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BLANCO, CLAUDIO MARIO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

Beneficiario de retiro por invalidez impugna dictamen de comisión médica. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica la decisión y le reconoce la incapacidad requerida.

Incapacidad Informe pericial Ley 24 241 Retiro por invalidez Comision medica central Epoc

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Sr. Blanco, Claudio Mario apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que consideró que su incapacidad no alcanzaba los valores previstos en la ley para obtener el beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, analizó el informe médico realizado por especialistas designados, que concluyeron que el actor padece de EPOC, limitación funcional dorsolumbar y cervical, y alteración del campo visual, generándole una incapacidad del 66,98%. Teniendo en cuenta este informe, que cumple con los requisitos legales, y lo dispuesto en los arts. 48 y 49 de la Ley 24.241, la Cámara resolvió dejar sin efecto lo dictaminado por la Comisión Médica Central y tener al actor por totalmente incapacitado a los fines previsionales, remitiendo las actuaciones al organismo correspondiente. Además, reguló los honorarios del perito médico en 4 UMA ($162.284).

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