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ORONO, ANA MARIA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La actora apeló el rechazo del beneficio de jubilación por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la decisión y ordenó el otorgamiento del beneficio.

Cuerpo medico forense Incapacidad laborativa Jubilacion por invalidez Ley 24 241 Comision medica central

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Orono promovió demanda contra ANSES solicitando el otorgamiento del beneficio de jubilación por invalidez conforme al art. 48 de la Ley 24.241. La Comisión Médica Central había denegado el beneficio al considerar que la peticionante no presentaba el porcentaje de incapacidad requerido. La Cámara Federal de la Seguridad Social, luego de ordenar una pericia médica complementaria, revocó el dictamen de la Comisión Médica Central. El Tribunal consideró que, de acuerdo al informe pericial, la actora presenta un porcentaje de incapacidad laborativa del 66,60%, cumpliendo así con los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241 para acceder a la jubilación por invalidez solicitada. El Tribunal fundó su decisión en que el dictamen pericial reúne los recaudos de una correcta peritación médica, enunciando claramente los hechos, determinando con certeza el estado de salud de la recurrente y fundando la opinión técnica con seriedad y objetividad científica. Asimismo, destacó que los integrantes del Cuerpo Médico Forense son auxiliares de la justicia cuya imparcialidad y corrección están aseguradas. Por lo expuesto, la Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y declaró que la peticionante se encuentra incapacitada en los términos del art. 48 de la Ley 24.241, ordenando el pago del beneficio de jubilación por invalidez.

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