FALAGAN, SERGIO RUBEN c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
Trabajador demanda a ANSES el otorgamiento de jubilación por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca el dictamen de la Comisión Médica Central y declara que el peticionante se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley 24.241.
Otorgamiento de jubilación por invalidez (art. 49 p.4. Ley 24.241)
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca el dictamen de la Comisión Médica Central que había denegado el beneficio, y declara que el actor se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley 24.241.
Los fundamentos principales de la decisión son:
- El informe del Cuerpo Médico Forense determinó que el actor presenta un porcentaje de incapacidad laboral del 70,88% de la total obrera, cumpliendo con los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241 para acceder a la jubilación por invalidez.
- Los informes periciales del Cuerpo Médico Forense reúnen los recaudos de una correcta peritación médica, son fundados, determinan con certeza el estado de salud del actor, valoran las constancias médicas, y fundamentan la opinión técnica con seriedad y objetividad científica.
- Los integrantes del Cuerpo Médico Forense son auxiliares de la justicia y su informe constituye el asesoramiento técnico de personas especializadas cuya imparcialidad y corrección están aseguradas.
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