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BELLIDO, RICARDO ANTONIO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor recurrió el dictamen de la Comisión Médica Central que determinó que su incapacidad no alcanzaba los valores previstos en la ley. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó el dictamen y reconoció una incapacidad del 70% a los fines previsionales.

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Retiro por invalidez (art. 49 p.4. Ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social dejó sin efecto el dictamen de la Comisión Médica Central que estimaba que la incapacidad del actor no alcanzaba los valores previstos en la ley, y remitió los autos al organismo correspondiente a los efectos de reconocer una incapacidad del 70% a los fines previsionales. La Cámara fundamentó su decisión en que, ante la impugnación de la parte demandada al informe pericial, corresponde a los litigantes probar la inexactitud de lo informado por el perito, ya que las meras objeciones no son suficientes. Además, resaltó que el informe del Cuerpo Médico Forense, como auxiliar de la justicia, tiene plena eficacia probatoria.

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