ROSI SILVIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes en su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al determinar la metodología para actualizar los aportes autónomos y los haberes a partir de la finalización de la emergencia previsional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quien demanda (Actor): Rosi Silvia
A quién se demanda (Demandado): ANSES
Qué se reclama (Objeto de la demanda): Reajustes en el haber previsional
Qué se resolvió (Decisión del tribunal):
- Se confirma el método de actualización de las remuneraciones conforme a la doctrina de la CSJN en "Elliff" y "Blanco".
- Se desestima la aplicación de la Resolución 6/09 por ser anterior a la fecha de adquisición del beneficio.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 si genera una quita superior al 15% del haber.
- Respecto a la Ley 27.541 y decretos, se ordena reconocer las diferencias dejadas de percibir entre lo aplicado y la movilidad suspendida, sólo para los meses de enero y febrero 2021.
- Se confirma la sentencia en lo relativo a la prescripción y tasa de interés.
- Voto en disidencia respecto a la aplicación del art. 2 de la Ley 27.426 y costas.
Fundamentos principales de la decisión:
- La Corte Suprema confirmó en "Elliff" y "Blanco" la utilización del índice de salarios básicos de convenio para actualizar las remuneraciones.
- La suspensión de la movilidad previsional por la Ley 27.541 y decretos debe interpretarse de modo de evitar una afectación patrimonial desproporcionada o confiscatoria de los haberes.
- El derecho al beneficio previsional es imprescriptible, pero los haberes atrasados se rigen por el plazo del art. 82 de la Ley 18.037.
- Los jueces tienen amplia facultad para seleccionar los argumentos decisivos y no están obligados a tratar todas las alegaciones.
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