LEDESMA JUAN DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los criterios a seguir para calcular la movilidad y actualización del haber jubilatorio.
¿Quién es el actor?
LEDESMA JUAN DOMINGO
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Reajustes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y estableció los siguientes lineamientos:
Respecto a la actualización de la PBU, debe hacerse un análisis concreto del impacto de la falta de aumentos en uno de los componentes del haber sobre el total, a fin de constatar si se produjo una merma confiscatoria.
Los aportes realizados mediante planes de facilidades de pago no serán objeto de actualización.
La movilidad del haber debe regirse por las leyes 27.426, 27.541, 27.609 y demás normativa aplicable.
El planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.541 debe diferirse para la etapa de ejecución de sentencia.
El análisis sobre la aplicación del precedente "Villanustre" también debe realizarse en la etapa de liquidación.
Las costas de la alzada se imponen por su orden.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema ha establecido que el análisis de la actualización de la PBU debe hacerse de manera concreta, evaluando el impacto de la falta de reajustes sobre el total del haber inicial.
- Los aportes realizados mediante planes de facilidades de pago no deben actualizarse, ya que ingresaron al sistema a valores actualizados al momento de determinación de la deuda.
- Las leyes 27.426, 27.541, 27.609 y demás normativa sobre movilidad deben aplicarse estrictamente, sin que puedan reeditarse cuestionamientos constitucionales en la etapa de ejecución.
- El planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.541 y la aplicación del precedente "Villanustre" deben evaluarse al momento de aprobarse el cómputo definitivo.
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