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ORREGO JORGE ANTONIO Y OTROS c/ CAJA DE RETIRO JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo por incorporación en el haber de retiro de los aumentos del decreto 380/17. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en relación al plazo para poner al pago el haber reajustado.

Remuneracion Jubilacion Seguridad social Haber de retiro Decreto 380 17 Bonificable

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ORREGO JORGE ANTONIO Y OTROS Demandado: CAJA DE RETIRO JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PFA Objeto: Incorporación en el haber de retiro de los aumentos instituidos por el decreto 380/17. Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, pero modificó parcialmente la misma en relación al plazo para poner al pago el haber reajustado, dejando esa obligación comprendida en las normas presupuestarias vigentes. Fundamentos principales:
- Los suplementos "función policial operativa" y "función técnica de apoyo" creados por el decreto 380/17 otorgaron un aumento generalizado al personal policial en actividad, con una base económica verdaderamente significativa, por lo que revisten carácter remunerativo y bonificable, y deben ser reflejados en los haberes del personal policial en pasividad.
- En cuanto al plazo de 90 días impuesto por la sentencia de primera instancia para poner al pago el haber reajustado, la Cámara revocó este punto, estableciendo que dicha obligación queda comprendida en las normas presupuestarias vigentes.
- Se desestimó el agravio sobre la prescripción anual opuesta por la demandada.

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