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BENITEZ MARIA CATALINA c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora reclamó el derecho a percibir suplementos creados por decreto. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia al revocar la orden de pago en el plazo de 90 días.

Seguridad social Suplementos remunerativos Normas presupuestarias Personal militar en pasividad


¿Quién es el actor?

Benitez María Catalina

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal; Estado Nacional Prefectura Naval Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar el derecho a percibir los suplementos creados por el Decreto 1307/12

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó que los suplementos tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben incorporarse a los haberes del personal militar en pasividad. Sin embargo, revocó parcialmente la sentencia al dejar sin efecto la orden de pago en el plazo de 90 días, debiendo encuadrarse en las normas presupuestarias. Los fundamentos principales fueron:
- Se remitió al precedente "Camejo, Ricardo Esteban y otros" donde se concluyó que los suplementos del Decreto 1307/12 tienen carácter remunerativo y bonificable.
- En cuanto al pago, el juez de primera instancia dispuso que se practique liquidación, realice previsión presupuestaria y se ponga al pago el haber reajustado dentro de los 90 días. La Cámara revocó este aspecto, quedando la obligación de pago encuadrada en las normas presupuestarias.

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