ALTERINO, CARLA ROMINA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La actora apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que estimó que su incapacidad no alcanzaba los valores previstos. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó lo resuelto, considerando que la actora posee una incapacidad total y permanente del 70% a la fecha del fallecimiento del causante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Carla Romina Alterino apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que consideró que su incapacidad no alcanzaba los valores previstos en el art. 48 de la Ley 24.241 para acceder al retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social, luego de ordenar una medida para mejor proveer con intervención del Cuerpo Médico Forense, resolvió modificar el dictamen impugnado. El informe médico forense concluyó que la recurrente presenta una incapacidad del 70% de la t.o. originada por hipoacusia perceptiva bilateral de grado profundo, sin fonación reeducada o insuficientemente reeducada y sin labio lectura, lo que compromete su incapacidad laboral total y permanente. Por ello, la Cámara dejó sin efecto el dictamen de la Comisión Médica Central y ordenó remitir las actuaciones al organismo correspondiente a los efectos de reconocer la incapacidad de la actora.
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