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TAPIA JUAN RAMON Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó la incorporación de los aumentos del Decreto 380/17 a su haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y revocó el plazo de 90 días para la redeterminación de los montos adeudados.

Prescripcion Seguridad social Suplementos remunerativos Decreto 380 17 Haberes de retiro Obligaciones presupuestarias

Actor: TAPIA JUAN RAMON Y OTROS Demandado: CAJA DE RETIROS JUBILAC. Y PENS. DE LA POLICIA FEDERAL Objeto: Reclamaron la incorporación de los aumentos establecidos por el Decreto 380/17 a sus haberes de retiro. Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, pero revocó parcialmente al eliminar el plazo de 90 días impuesto para la redeterminación de los montos adeudados, quedando esa obligación comprendida en las normas presupuestarias vigentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los suplementos "función policial operativa" y "función técnica de apoyo" creados por el Decreto 380/17 tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben ser incorporados a los haberes de los pasivos.
- Respecto a la prescripción anual opuesta, corresponde desestimar el agravio, manteniéndose el plazo ordinario.
- En cuanto al plazo de 90 días para la redeterminación, se revoca por encontrarse comprendido en las normas presupuestarias vigentes.
- Se confirma la imposición de costas a la demandada.

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