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ROBLEDO SERGIO DANIEL Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Veterano de guerra reclama incorporación de aumentos a su pensión graciable. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica parcialmente la sentencia, revocando el plazo para el pago del haber reajustado y las sumas retroactivas.

Pension graciable Decreto 1305 12 Ley 24 310 Veteranos de guerra Normas presupuestarias Aumento de haberes

Incorporación en su haber de los aumentos instituidos por el decreto 1305/12 y modificatorios

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación. Se revoca la sentencia en cuanto al plazo de 90 días para el pago del haber reajustado y sumas retroactivas, debiendo ajustarse a las normas presupuestarias vigentes. Se confirma el resto de la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 24.310 creó una pensión graciable para veteranos de guerra, cuyo monto se calcula conforme a las pautas de la ley 19.101 para personal militar, por lo que corresponde incorporar los aumentos del decreto 1305/12.
- El plazo de 90 días para el pago del haber reajustado y sumas retroactivas debe revocarse ya que debe encuadrarse en las normas presupuestarias vigentes.

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