ROBLEDO SERGIO DANIEL Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Veterano de guerra reclama incorporación de aumentos a su pensión graciable. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica parcialmente la sentencia, revocando el plazo para el pago del haber reajustado y las sumas retroactivas.
Incorporación en su haber de los aumentos instituidos por el decreto 1305/12 y modificatorios
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación. Se revoca la sentencia en cuanto al plazo de 90 días para el pago del haber reajustado y sumas retroactivas, debiendo ajustarse a las normas presupuestarias vigentes. Se confirma el resto de la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 24.310 creó una pensión graciable para veteranos de guerra, cuyo monto se calcula conforme a las pautas de la ley 19.101 para personal militar, por lo que corresponde incorporar los aumentos del decreto 1305/12.
- El plazo de 90 días para el pago del haber reajustado y sumas retroactivas debe revocarse ya que debe encuadrarse en las normas presupuestarias vigentes.
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