BLANCO LILIANA ANGELICA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La actora apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que desestimó su solicitud de retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el dictamen al considerar que no había elementos que desvirtúen el informe médico que determinó un porcentaje de incapacidad del 36,90%.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Liliana Angélica Blanco interpuso recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central que estimó que su incapacidad no alcanzaba los valores previstos en la ley 24.241 para obtener el retiro transitorio por invalidez. Como medida para mejor proveer, las actuaciones fueron remitidas al Cuerpo Médico Forense, que concluyó que la actora tiene una incapacidad del 36,90% a los fines previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social, considerando que no existen elementos que desvirtúen el informe médico, confirma el dictamen de la Comisión Médica Central, sin perjuicio de las facultades que la ley 20.606 confiere a la interesada.
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