CELSO ADRIANA ALEJANDRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia que trataba sobre la actualización del haber previsional de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): CELSO ADRIANA ALEJANDRA A quién se demanda (Demandado): ANSES Qué se reclama (Objeto de la demanda): Reajustes varios sobre su haber previsional. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. En relación a la actualización de la PBU, la Cámara indicó que se debe analizar la incidencia de la falta de incrementos sobre el total del haber inicial, y determinar si el nivel de quita resulta confiscatorio. Esto debe realizarse en la etapa de ejecución de sentencia, utilizando los índices correspondientes. Respecto a la actualización de las remuneraciones para el cálculo de la prestación inicial, la Cámara entendió que deben aplicarse las disposiciones legales vigentes al momento de acceder al beneficio. En cuanto a la movilidad del haber, se aplican las leyes 27.609 y modificatorias. La cuestión de la razonabilidad de los topes establecidos postergó su análisis para el momento de practicarse el cómputo definitivo. Finalmente, la Cámara revocó parcialmente la sentencia recurrida y ordenó aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA para el cálculo de intereses. Fundamentos principales de la decisión: La Cámara sostuvo que los jueces deben dirimir los conflictos luego de examinar la realidad fáctica y subsumirla en las normas jurídicas que la rigen. Consideró que existe una clara decisión legislativa en orden a los índices a considerar para la actualización de las remuneraciones, por lo que rechazó la pretensión de aplicar precedentes anteriores a las leyes 27.426 y 27.609. Asimismo, entendió que cualquier cuestionamiento a las pautas de movilidad establecidas por el Congreso resulta hipotético y prematuro, y no se había demostrado en el caso que esas disposiciones legales sean inconstitucionales. Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, aplicó el criterio sentado por la CSJN en el precedente "García, María Isabel".
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