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RODRIGUEZ MANUELA CELESTINA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora reclamó el beneficio de pensión por fallecimiento de su esposo. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, considerando que correspondía otorgar la pensión a pesar de la separación de hecho, en atención a las circunstancias de violencia de género acreditadas.

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Beneficio de pensión por fallecimiento del esposo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Fundamentos principales:
- La Cámara señaló que en situaciones análogas corresponde la vía del amparo, ya que no puede tener carácter residual y debe considerarse la vía principal cuando se advierte un accionar arbitrario o ilegítimo.
- Respecto al fondo, la Cámara consideró que correspondía hacer lugar a la pensión por fallecimiento, aun existiendo separación de hecho, atendiendo a las circunstancias particulares del caso donde se acreditó que la separación se debió a episodios de violencia de género.
- La Cámara entendió que los agravios de la demandada carecían de fundamentación suficiente, al no impugnar concretamente los argumentos que sustentaron la sentencia de grado en relación a los principios conculcados a la luz de las convenciones citadas.

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