RIZZO ANTONIO HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor impugnó la aplicación retroactiva de la Ley 27.426 que modificó la movilidad de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la constitucionalidad de la norma.
¿Quién es el actor?
RIZZO ANTONIO HORACIO
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la aplicación retroactiva de la Ley 27.426 que modificó la movilidad del haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la constitucionalidad de la Ley 27.426, considerando que su aplicación retroactiva no afecta derechos amparados por garantías constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Ley 27.426 modificó los índices a considerar para el cálculo de la movilidad de los haberes previsionales, incluyendo meses ya transcurridos. Sin embargo, el derecho a la movilidad se determina y devenga al momento del pago, que ocurre en marzo y septiembre de cada año, por lo que la aplicación retroactiva de la ley no afecta derechos adquiridos.
- La jurisprudencia de la Corte Suprema ha establecido que el derecho adquirido se identifica con la propiedad, por lo que la mera expectativa o esperanza de percibir un determinado monto de movilidad no está protegida como derecho adquirido.
- La prescripción prevista en el art. 82 de la Ley 18.037 es aplicable al caso, limitando el reclamo a los dos años anteriores al reclamo administrativo.
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