PEÑA RICARDO EMILIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los lineamientos para el recálculo del haber.
¿Quién es el actor?
PEÑA RICARDO EMILIO
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de la prestación previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los siguientes criterios:
Respecto a la actualización de la PBU, debe realizarse un análisis concreto de la incidencia de la falta de incrementos de uno de los componentes sobre el total del haber inicial.
Para el cálculo del haber inicial, deben considerarse la totalidad de los años aportados como trabajador independiente, sin limitarse a los últimos 15 años.
Para las cotizaciones entre julio 1994 y diciembre 2001, no se registraron variaciones salariales significativas.
Para las cotizaciones entre enero 2002 y diciembre 2006, debe aplicarse el índice dispuesto en el fallo "Badaro".
Desde enero 2007, deben incorporarse los aumentos generales y la pauta de movilidad de las leyes 26.198, 26.417 y 27.426.
Para las cotizaciones posteriores a 2009, se aplica el índice previsto en el art. 32 de la ley 26.417.
Los aportes mediante planes de facilidades de pago no serán actualizados.
- Costas: Se imponen por su orden.
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