MARCOS SILVANA GRACIELA c/ ANSES s/PENSIONES
La demandante promovió demanda por pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda al considerar que el causante no había sido un aportante irregular con derecho pese a tener más del 50% de los aportes requeridos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Silvana Graciela Marcos demandó a la ANSES solicitando el otorgamiento del beneficio de pensión derivado del fallecimiento de su cónyuge Pablo Mario Cremona, quien falleció el 05/02/2019 a los 61 años de edad. El causante contaba con 15 años y 6 meses de servicios con aportes, de los cuales 9 años y 9 meses fueron en relación de dependencia y 5 años y 9 meses como trabajador autónomo. Sin embargo, se registraron períodos impagos como autónomo entre 1992 y 2009. La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda al considerar que el causante reunía los requisitos para ser calificado como "aportante irregular con derecho", ya que los aportes efectuados representaban más del 50% de los exigibles. La ANSES apeló la sentencia. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la decisión de primera instancia y rechazó la demanda. Si bien reconoció que el causante había acreditado más del 50% de los aportes requeridos, consideró que ello no era suficiente para considerarlo un "aportante irregular con derecho", ya que en los períodos en que trabajó como autónomo no efectuó los aportes correspondientes, lo cual no puede soslayarse al tratarse de una obligación inexorable. La Cámara entendió que el antecedente "Pinto" de la CSJN, donde se consideró a la situación de desempleo, no era aplicable al presente caso, ya que el causante no se encontró desempleado sino que prestó servicios autónomos sin efectuar los aportes correspondientes. En consecuencia, la Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda de pensión.
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