GOMEZ ENRIQUE LELIX Y OTROS c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal del Servicio Penitenciario Federal reclama el cálculo del suplemento por antigüedad de servicio al 2%. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma que el Poder Ejecutivo actuó dentro de sus facultades al fijar el suplemento en 0,5%.
Que se liquide el suplemento por Antigüedad de Servicio al 2% del haber mensual por cada año de servicio
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- El haber de retiro debe ser equivalente al 82% de las remuneraciones del personal en actividad, garantizando la proporcionalidad.
- No existe un derecho adquirido a una determinada modalidad salarial, pudiendo el Estado modificar razonablemente la composición de los haberes.
- La reducción del porcentaje del suplemento por antigüedad debe analizarse junto a las otras modificaciones salariales, sin que se verifique una disminución confiscatoria de los haberes.
- El Poder Ejecutivo actuó dentro de sus facultades para fijar el nuevo régimen salarial del Servicio Penitenciario Federal.
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