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GIGLIO JORGE DANIEL c/ CAJA DE RETIROS JUB. Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó la incorporación de suplementos en su haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, que hizo lugar parcialmente a la demanda.

Haber de retiro Suplementos Haber mensual Decreto 1305 12 Decreto 1088 03 Personal civil de inteligencia Remuneracion base Coronel


¿Quién es el actor?

GIGLIO JORGE DANIEL

¿A quién se demanda?

CAJA DE RETIROS JUB. Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamó la incorporación en su haber de retiro de los suplementos creados por el decreto 1305/12.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Fundamentos principales:
- El art. 28 del Dec. 1088/03 establece que la remuneración base del personal civil de inteligencia se calcula en base al haber del grado de Coronel.
- Los suplementos "por responsabilidad jerárquica" y "por administración del material" creados por el Dec. 1305/12 para el personal militar deben ser considerados parte del "haber mensual" del grado de Coronel a los fines del cálculo del haber jubilatorio del personal civil de inteligencia.
- La inclusión de estos suplementos no puede llevar a que la remuneración base supere el haber mensual del grado de Coronel, por lo que en caso de que el actor perciba una suma fija transitoria, esta debe ser descontada.

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