FERNANDEZ VICTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La ANSES apeló sentencia que ordenó reajuste del haber jubilatorio. La Cámara modificó la decisión y ordenó el recálculo de la PBU en la etapa de ejecución.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada. Ordenó que el recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU) se efectúe en la etapa de ejecución, de acuerdo a lo establecido por la Corte Suprema en los precedentes "Quiroga", "Sandoval" y "Pichersky". Indicó que la comparación para determinar la posible confiscatoriedad debe realizarse sobre el total del haber inicial que percibe el jubilado, independientemente de si las otras prestaciones fueron reajustadas o no.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señaló que los jueces no están obligados a seguir a las partes en todas las argumentaciones, sino solo en aquellas que resulten esenciales y decisivas para fundar la resolución. Respecto al recálculo de la PBU, citó la jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que se debe analizar en la etapa de ejecución si la ausencia de incrementos en uno de los componentes de la jubilación genera una merma confiscatoria en el haber total.
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