LAGORIA LILIANA BEATRIZ Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demandantes obtienen reconocimiento de incrementos en haberes jubilatorios, con modificación del plazo de cumplimiento de la sentencia.
Incorporación de aumentos establecidos por Decreto 380/17 en los haberes de retiro.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, si bien modificó el plazo otorgado a la demandada para efectuar el pago del haber reajustado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que los suplementos creados por el Decreto 380/17 revisten carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben reflejarse en los haberes del personal policial en pasividad. Respecto al plazo, la Cámara revocó la orden de pago en 90 días, dejando esa obligación sujeta a las normas presupuestarias vigentes.
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