BARBERO HERMANOS S.A. c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/IMPUGNACION DE DEUDA
La empresa recurrió la determinación de deuda por diferencias en el pago de contribuciones patronales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la resolución recurrida por considerar que la aplicación inflexible de los montos de facturación establecidos hace 20 años atenta contra el espíritu de la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa Barbero Hermanos S.A. recurrió una resolución de la AFIP que le determinó una deuda por diferencias en el pago de contribuciones patronales, al entender que correspondía aplicar una alícuota del 21% en lugar del 17% ingresado. La Cámara consideró que la aplicación literal de la Resolución General AFIP 1095/01, que tomaba como parámetro para definir a las PyMEs el monto de facturación de $48 millones, establecido hace más de 20 años sin ningún tipo de ajuste posterior, claramente atenta contra el espíritu del decreto 1009/01 que excluyó a las pequeñas y medianas empresas a fin de promover su crecimiento y desarrollo. Máxime que, al momento de la presentación del recurso, la normativa vigente había elevado sustancialmente los montos de facturación para considerar a una empresa como PyME en el sector comercio, por lo que sostener la vigencia de la resolución de hace 20 años resultaba contrario al espíritu de la legislación. Por ello, la Cámara revocó la resolución determinativa de deuda.
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