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LAPENTA HORACIO ALBERTO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Apelantes impugnan liquidación de suplemento remunerativo dispuesto por sentencia firme. Cámara confirma la resolución que aprueba la liquidación definitiva realizada por la demandada.

Ejecucion de sentencia Cosa juzgada Seguridad social Suplemento remunerativo Estabilidad de sentencias

Incorporación a haber mensual de retiro/pensión del suplemento remunerativo establecido por Decreto 2140/13

¿Qué se resolvió?

Se confirma resolución que aprueba la liquidación definitiva realizada por la demandada, al considerar que lo resuelto en la sentencia definitiva firme no otorgó carácter bonificable al suplemento, y la parte actora no lo apeló, por lo que corresponde estar a los términos del título ejecutivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El instituto de la cosa juzgada es uno de los pilares fundamentales sobre los que se asienta nuestro régimen constitucional, y por ello no es susceptible de alteración ni aun invocando leyes de orden público, toda vez que la estabilidad de la sentencia es también de orden público en la medida que constituye un presupuesto de la seguridad jurídica"

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