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PARED SALINAS GUILLERMINA c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demanda por incorporación de suplementos al haber pasivo de agentes de Gendarmería Nacional y Prefectura Naval. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que ordena incorporar dichos suplementos al haber mensual de los accionantes.

Proporcionalidad Seguridad social Fuerzas armadas y de seguridad Suplementos Haberes pasivos


- Actores: Agentes de Gendarmería Nacional y Prefectura Naval en situación de retiro

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incorporación de suplementos creados por Decretos 1307/2012, 246/2013 y 854/2013 al haber pasivo de los actores

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó incorporar dichos suplementos al haber mensual de los accionantes, con carácter remunerativo y bonificable. Fundamentos principales:
- Los suplementos creados por los decretos mencionados, si bien se los denominó "particulares", tuvieron un carácter general, siendo percibidos por más del 90% del personal en actividad.
- Conforme la Ley 18.398, los suplementos "generales" deben computarse para el cálculo del haber pasivo, a fin de preservar la proporcionalidad entre el haber de actividad y el de retiro.
- La Corte Suprema ha establecido que las asignaciones de carácter general otorgadas al personal en actividad, al integrar el sueldo, benefician el haber del personal retirado.
- Los suplementos en cuestión revisten carácter remunerativo y bonificable, debiendo incorporarse al haber mensual del personal retirado.

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