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GONZALEZ ERNESTO HUMBERTO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Trabajadores policiales reclaman el cobro de suplementos salariales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el derecho a percibir los suplementos Función Policial Operativa y Función Técnica de Apoyo como conceptos remunerativos y bonificables.

Remuneracion Personal policial Suplementos salariales Funcion tecnica de apoyo Bonificable Funcion policial operativa


¿Quién es el actor?

Gonzalez Ernesto Humberto y otros

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por el pago de suplementos salariales creados por el Decreto 380/17 (Alta Dedicación Operativa, Función Policial Operativa, Función Técnica de Apoyo, Zona, Custodia, Especialidad de Alto Riesgo)

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y confirmó el derecho de los actores a percibir los suplementos "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo" como conceptos remunerativos y bonificables.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema ha establecido que el Poder Ejecutivo no puede designar como conceptos ajenos al "haber" o "sueldo" una parte sustancial de la retribución del personal policial, pues ello implicaría desvirtuar el sentido de la ley. Más allá de la denominación, los suplementos en cuestión tenían carácter general, remunerativo y bonificable, debiendo integrarse al haber mensual.

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