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CARDOSO, EDUARDO ROBERTO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor interpuso recurso de apelación contra la denegación de su solicitud de jubilación por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la decisión y otorgó el beneficio.

Incapacidad Cuerpo medico forense Jubilacion por invalidez Derecho a la seguridad social

Jubilación por invalidez (art. 49 ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la denegación de la Comisión Médica Central y declaró que el peticionante se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley 24.241, ordenando el otorgamiento del beneficio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El dictamen del Cuerpo Médico Forense determinó que el actor presenta un porcentaje de incapacidad del 67,02% de la total obrera, cumpliendo con los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241 para obtener la jubilación por invalidez.
- El informe pericial reúne los recaudos necesarios de una correcta peritación, es fundado, determina con certeza el estado de salud y valora las constancias médicas.
- Los integrantes del Cuerpo Médico Forense son auxiliares de la justicia y su informe constituye un asesoramiento técnico de personas especializadas cuya imparcialidad y corrección están aseguradas.
- Las manifestaciones del organismo administrativo no lograron rebatir en forma científica y técnica los fundamentos de la pericia médica.

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