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SECO CARLOS ALBERTO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demandantes buscan incorporar suplemento previsto por decreto 380/17 al haber de retiro. La Cámara confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Recurso de apelacion Seguridad social Decreto 380 17 Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Suplementos salariales Caracter general de asignaciones

Incorporación al haber de retiro del adicional previsto por el decreto 380/17 y sus modificatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. El decreto 380/2017 eliminó ciertos suplementos y creó otros, como el "Programa de Alta Dedicación Operativa (P.A.D.O.)", "Alta Dedicación Operativa", "Zona", "Función Policial Operativa", "Función Técnica de Apoyo" y "Especialidad de Alto Riesgo". La Corte Suprema ha establecido que cuando una asignación otorgada al personal en actividad de las Fuerzas Armadas o de Seguridad tiene carácter general, debe ser trasladada al personal en situación de retiro. Más del 90% de la planta activa de la Policía Federal percibe uno de los suplementos creados por el decreto 380/17, lo que les otorga un carácter general, por lo que deben reflejarse en los haberes del personal policial de pasividad. La Cámara consideró que los suplementos creados por el decreto 380/17 otorgaron un aumento generalizado al personal policial en actividad, de carácter remunerativo y bonificable, y por ello deben ser incorporados al haber mensual de retiro.

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