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ACOSTA RAMONA BERNARDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó el otorgamiento de la movilidad a su beneficio previsional de renta vitalicia. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la aplicación de la movilidad a la prestación de la actora.

Seguridad social Derechos adquiridos Movilidad Renta vitalicia previsional Principios de seguridad social


¿Quién es el actor?

Sra. Ramona Bernarda Acosta

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar la movilidad de su beneficio previsional obtenido bajo la modalidad de Renta Vitalicia Previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara ordenó a ANSES abonar la movilidad a la prestación de renta vitalicia de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 14 bis de la Constitución Nacional impone al Estado el deber de otorgar jubilaciones y pensiones móviles.
- Los principios de la seguridad social (solidaridad, universalidad, igualdad) implican respetar la garantía constitucional de movilidad, sin distinciones según el régimen previsional.
- La eliminación del sistema de capitalización por ley 26.425 obliga a garantizar iguales o mejores prestaciones a los beneficiarios, por lo que no pueden realizarse interpretaciones restrictivas que les sustraigan derechos.

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