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RUSSO MARCELO HORACIO Y OTRO c/ MIN DEF - EMGE s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Veteranos de guerra de Malvinas demandan al Estado por beneficios e incapacidad. La Cámara Federal de Seguridad Social modifica parcialmente la sentencia de primera instancia.

Intereses Indemnizacion Incapacidad Beneficios Guerra de malvinas Subsidio extraordinario Pension graciable


- Actores: Veteranos de guerra de Malvinas "RUSSO MARCELO HORACIO Y OTRO"
- Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Objeto: Determinación de incapacidad y otorgamiento de beneficios de las leyes 23.109, 22.674, 24.310 y 19.101
- Decisión:
- Respecto de SERRANO, se confirma el reconocimiento del 35% de incapacidad y los beneficios correspondientes
- Respecto de RUSSO, se confirma el reconocimiento del 10% de incapacidad y los beneficios correspondientes
- Se revoca la sentencia en cuanto a la forma de liquidar la indemnización por ley 19.101, debiendo efectuarse conforme al decreto 829/82 sin intereses
- Se confirma el resto de la sentencia, incluyendo el pago de intereses retroactivos desde el 2/4/1982 para el subsidio de la ley 22.674 y el reconocimiento de la pensión de ley 24.310 con retroactividad de 5 años Fundamentos principales:
- La ley 22.674 establece un subsidio extraordinario para quienes resultaron con incapacidad por participar en la Guerra de Malvinas, que debe liquidarse desde el 2/4/1982 con los intereses correspondientes.
- La ley 24.310 creó una pensión graciable vitalicia para los ciudadanos argentinos que sufrieron incapacidades por las acciones bélicas en Malvinas, la cual debe reconocerse con retroactividad de 5 años.
- La indemnización de la ley 19.101 debe liquidarse conforme al decreto reglamentario 829/82, sin adicionar intereses.

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