ESCOBAR MARIA ESTELA c/ ANSES s/PENSIONES
La actora demandó el otorgamiento de una pensión. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda al considerar que el afiliado cumplía con los requisitos necesarios para acceder a la prestación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora María Estela Escobar demandó a la ANSES por el otorgamiento de una pensión. La ANSES había denegado la solicitud por considerar que el afiliado fallecido no reunía los requisitos mínimos exigidos. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Señaló que si bien en la sentencia de grado se consignó erróneamente la cantidad de años de servicios, el lapso reconocido por el organismo previsional (9 años, 11 meses y 1 día) resultaba suficiente para acceder a la prestación de conformidad con la doctrina de la Corte Suprema, que considera que la regularidad de los aportes debe valorarse sobre la totalidad de los lapsos trabajados y no sólo sobre un período que no pudo ser completado por el fallecimiento. La Cámara también desestimó el agravio de la ANSES respecto del plazo de 30 días fijado por la sentencia de primera instancia para el cumplimiento de la orden judicial, por considerar que dicho plazo es aplicable cuando se trata del simple otorgamiento de un beneficio previsional y no de un supuesto de reajuste de haberes.
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