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FERRO MARIA ALEJANDRA c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora reclamó la aplicación del suplemento por antigüedad en el servicio del 2% del haber mensual. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el rechazo de la demanda y concluyó que la reducción del porcentaje a 0,5% por el Decreto 586/2019 y la Resolución 607/2019 no resultaba arbitraria o irrazonable.

Servicio penitenciario federal Suplemento por antiguedad Facultades del poder ejecutivo Proporcionalidad de haberes Remuneracion de agentes publicos

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Maria Alejandra Ferro, demandó al Servicio Penitenciario Federal impugnando la aplicación del Decreto 586/19 y la Resolución 607/19, que establecieron un suplemento por antigüedad en el servicio del 0,5% del haber mensual, en lugar del 2% que la actora pretendía. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Consideró que, si bien la ley 13.018 reconoce al personal retirado el derecho a percibir el importe de su último sueldo, el Dec. Ley 23.896/56 estableció que el haber de retiro no puede ser inferior al 82% de la remuneración del personal en actividad. Por lo tanto, la modificación del porcentaje del suplemento por antigüedad no implica una disminución ilegítima de haberes, sino la aplicación de la pauta de proporcionalidad legal. Además, el tribunal señaló que el Poder Ejecutivo tiene amplias facultades para establecer y modificar la política salarial de los agentes públicos, sin que tal decisión sea revisable judicialmente, siempre que no implique una reducción confiscatoria de haberes.

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