VELAZQUEZ AURORA RAMONA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda para reclamar la actualización de su renta vitalicia previsional y el reconocimiento de la movilidad de su prestación. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el reajuste del haber acorde a los parámetros establecidos.
Actualización de renta vitalicia previsional y reconocimiento de movilidad de la prestación
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia y ordenó al ANSES reajustar el haber previsional de la actora. Estableció que se debe abonar la diferencia entre lo percibido por los decretos que fijaron movilidad durante el período suspendido y lo que hubiera correspondido por la ley 27.426 suspendida. Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema en "Deprati" ordenó al Estado garantizar la movilidad adecuada de las prestaciones del régimen de capitalización, más allá de la opción voluntaria del causante.
- Corresponde aplicar el índice de la causa "Elliff" hasta la entrada en vigencia de la ley 26.417 para la actualización de la renta vitalicia.
- La suspensión de la movilidad por la ley 27.541 y decretos dictados en consecuencia fue excepcional y razonable en el contexto de emergencia. Finalizada la emergencia, corresponde abonar la diferencia entre la movilidad aplicada y la suspendida.
- Se declara inconstitucional el art. 2 de la ley 27.426 que empalma la aplicación de la nueva movilidad.
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