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VILLACORTA JULIO MIGUEL c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda por la incorporación en su haber de retiro del adicional previsto por el Decreto 380/17. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Recurso de apelacion Seguridad social Haber de retiro Suplementos remunerativos Decreto 380 17 Caracter general

Incorporación en el haber de retiro del adicional previsto por el Decreto 380/17

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- El Decreto 380/2017 creó suplementos de carácter remunerativo y no bonificable para el personal policial en actividad, que por su carácter general deben ser incorporados al haber de retiro.
- Más del 90% del personal policial en actividad percibe uno de los suplementos creados por el Decreto 380/17, por lo que revisten carácter general.
- La cuantía de los suplementos constituye una parte sustancial de la retribución del personal en actividad, por lo que deben ser considerados parte del "haber mensual" a los fines del cálculo del haber de retiro.
- Corresponde la aplicación del principio consagrado en el art. 75 de la Ley 21.965, que dispone que cualquier asignación de carácter general otorgada al personal en actividad debe ser incluida en el haber de retiro.

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