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ANDRADE ALFREDO LUIS Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Ministerio de Defensa apeló sentencia que ordenó incorporar al haber mensual de los activos las acreencias del Decreto 1305/2012. La Cámara Federal de la Seguridad Social elevó parcialmente los honorarios regulados.

Haber de retiro Suplementos militares Remunerativo y bonificable Decreto 1305 2012 Proporcionalidad entre actividad y retiro

¿Qué se resolvió en el fallo?

Los actores, personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, demandaron al Ministerio de Defensa para que se incorporen al haber mensual de pasividad los suplementos creados por el Decreto 1305/2012. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, elevando la regulación de honorarios al 20% de la totalidad de la suma que por todo concepto resulte a favor del reclamante. Confirmó lo demás decidido. La Cámara consideró que los suplementos del Dto. 1305/2012 tienen carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", y deben incorporarse al haber mensual del personal retirado, pues lo contrario afectaría la proporcionalidad entre el haber de actividad y de retiro. Citó jurisprudencia de la CSJN en el mismo sentido.

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