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CAMINOS MIRTHA GLORIA c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La demandante reclamó la incorporación de los suplementos remunerativos al haber mensual de su pasividad. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Personal militar Suplementos remunerativos Decreto 1305 2012 Haber de pasividad Proporcionalidad actividad retiro

Incorporación de los suplementos remunerativos del Decreto 1305/2012 al haber mensual de pasividad

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 74 de la Ley 19.101 establece que el personal militar pasará a retiro con el 100% del haber mensual y suplementos generales.
- Los suplementos creados por el Decreto 1305/2012 tienen carácter general, remunerativo y bonificable, por lo que deben incorporarse al haber mensual de pasividad.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya se pronunció en el mismo sentido en un caso análogo.
- Si bien el Poder Ejecutivo dictó el Decreto 780/20 que suprimió los suplementos, ello es aplicable a partir de esa fecha, por lo que hasta entonces corresponde el reclamo.
- Se desestima el agravio sobre prescripción y se confirma el plazo dispuesto para el cumplimiento de la sentencia.

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