FEYUK OSCAR CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Trabajador previsional demanda por reajustes en su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma parcialmente la sentencia de grado y ordena el pago de diferencias de movilidad.
Reajuste del haber previsional
¿Qué se resolvió?
Se confirma parcialmente la sentencia de grado. Se ordena el pago de diferencias de movilidad entre lo percibido y lo que debería haber correspondido, para los meses de enero y febrero de 2021. A partir de marzo 2021 se aplicará la nueva ley 27.609.
Fundamentos relevantes:
- Se declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización de remuneraciones dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 para el período 31/03/91 a 28/2/09.
- Se rechaza el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y de las Leyes 27.541 y 27.609.
- Se confirma el diferimiento dispuesto en la instancia de grado respecto de la actualización de la Prestación Básica Universal.
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