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LANGELLOTTI SILVIA BEATRIZ c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Beneficiaria previsional impugna descuento por tope de acumulación de beneficios. La Cámara revoca la decisión y admite el trámite del amparo.

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Que se le garantice la percepción integral de su pensión y jubilación, sin la aplicación del tope por acumulación de beneficios, y la devolución de los montos descontados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la decisión que rechazó "in limine" la acción de amparo y declara admisible dicha vía para tratar la cuestión. Señala que, tratándose de un beneficio alimentario y atendiendo a las particulares circunstancias, el amparo resulta la vía idónea para el esclarecimiento del tema, por los derechos presuntamente afectados que merecen preferente tutela constitucional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La doctrina es unánime en cuanto a que todo tipo de manifestación estatal, que pueda afectar derechos de los particulares, queda comprendida en el art. 43 de la Constitución Nacional y es susceptible de control jurisdiccional. El rechazo "in limine" de la acción de amparo configura un ritualismo procesal incompatible con la recta interpretación del derecho y la misión del Poder Judicial como guardián de las normas constitucionales.

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