PEREZ GUSTAVO OSVALDO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Actor reclama incorporación de suplementos en sus haberes pasivos. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica parcialmente la sentencia al revocar el plazo de cumplimiento de pago dispuesto.
Incorporación a los haberes pasivos de los suplementos "función policial operativa" y "función técnica de apoyo" establecidos en el Decreto 380/17
- Decisión:
- Se confirma la sentencia que hizo lugar al reclamo, reconociendo el carácter remunerativo y bonificable de dichos suplementos.
- Se revoca parcialmente la sentencia en cuanto al plazo de 90 días fijado para el pago de los haberes reajustados, debiendo ajustarse a las normas presupuestarias vigentes.
- Fundamentos:
- La Corte Suprema, en "Di Nanno", concluyó que los citados suplementos tienen carácter remunerativo, por lo que deben reflejarse en los haberes pasivos.
- El plazo de 90 días dispuesto para el pago debe revocarse, ya que el cumplimiento queda sujeto a las normas presupuestarias.
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