ALTAMIRANDA ALICIA FERNANDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda para el reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y adoptó criterios jurisprudenciales sobre la actualización de la Prestación Básica Universal y otros componentes del haber jubilatorio.
- Actor: Alicia Fernanda Altamiranda
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajuste de la prestación previsional
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y adoptó los siguientes criterios:
Respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), se debe analizar en la etapa de ejecución de sentencia la incidencia de la falta de incrementos de ese componente sobre el total del haber inicial, a fin de determinar si se produjo una merma confiscatoria.
La comparación para determinar la confiscatoriedad de la PBU debe hacerse sobre el total del haber inicial que percibe el titular, sea este reajustado o no.
En cuanto a la actualización de las remuneraciones computables, corresponde aplicar las disposiciones legales vigentes al momento en que el afiliado reunió los requisitos para acceder al beneficio.
El análisis de la razonabilidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 debe realizarse conforme a la doctrina establecida por la CSJN en el precedente "Gualtieri".
El tope del art. 25 de la Ley 24.241 no es aplicable a las remuneraciones anteriores a febrero de 1994, de acuerdo al criterio de la CSJN en "Carpinelli".
La razonabilidad de los topes del art. 26 de la Ley 24.241 deberá analizarse al momento de practicarse el cómputo definitivo.
Corresponde la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual publicada por el BCRA para el cálculo de intereses.
Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, se aplica el criterio de la CSJN en "García" sobre la vulnerabilidad de los jubilados.
Los restantes planteos de inconstitucionalidad fueron rechazados.
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