RODRIGUEZ D ALESSANDRO CLAUDIA MONICA c/ ANSES s/RENTA VITALICIA
La actora reclamó la movilidad de su renta vitalicia previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia y ordenó aplicar la movilidad a la renta vitalicia, conforme lo decidido por la Corte Suprema.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Claudia Mónica Rodríguez D'Alessandro, goza de una renta vitalicia previsional contratada con Orígenes Compañía de Seguros desde el 1/02/2004. Reclamó el haber mínimo legal y obtuvo sentencia favorable, la cual es cumplida por la demandada ANSES. En cuanto a la movilidad de la renta vitalicia, la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó lo resuelto en el precedente "Deprati" de la Corte Suprema, en el sentido de que corresponde al Estado asegurar la adecuada movilidad de las prestaciones previsionales. Por ello, ordena abonar las diferencias resultantes de comparar el haber de la renta percibida o a percibir, con el que le hubiera correspondido de aplicar la movilidad. En cuanto al plazo de cumplimiento, se remite a lo establecido en la Ley 26.153, al haberse tramitado el proceso como ordinario. Respecto a las costas, se imponen a la vencida en la instancia anterior, y se regulan los honorarios de la actora en el 30% de lo fijado en dicha instancia.
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